LEY ORGÁNICA DE COMUNAS N° 1777 CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
CONSEJO CONSULTIVO COMUNAL
El día 7 de Marzo la presencia activa de entidades vecinales no gubernamentales, partidos políticos, redes etc. y vecinos con domicilio en la Comuna (Almagro y Boedo) darán lugar a la creación del organismo consultivo y honorario de participación popular conforme lo establecido en el art. 131 de la Constitución de la Ciudad.
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